Lugar de las enfermedades del tórax en las convenciones internacionales
- 17 jul 2024
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Actualizado: 1 ago
Las enfermedades pectus como el pectus excavatum (pecho de zapatero) y el pectus carinatum (pecho de paloma) están incluidas en la legislación internacional sobre derechos humanos. Especialmente en las convenciones que protegen los derechos de las personas discapacitadas, también se observan los derechos de los pacientes con tórax pectus.

Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CNUDPD)
La CNUDPD es un tratado internacional que regula exhaustivamente los derechos de las personas con discapacidad. Los pacientes con pectus también pueden considerarse dentro del ámbito de esta convención (CNUDPD, 2006).
La CNUDPD impone a los Estados la obligación de garantizar que las personas con discapacidad no sean discriminadas, reciban un trato igualitario y participen plenamente en la vida social. Los pacientes con pectus también deben recibir protección en este contexto.
Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH)
El CEDH también protege los derechos de las personas con discapacidad. Según el Convenio, es responsabilidad de los Estados respetar la vida privada y familiar de las personas con discapacidad, garantizar su derecho a la educación y no discriminarlas (CEDH, 1950).
Los pacientes con pectus están protegidos por el CEDH para que no se les discrimine por su aspecto físico. Los Estados están obligados a garantizar la plena participación de los pacientes con pectus en el trabajo, la educación y la vida social.
Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
La OIT ha adoptado varios convenios sobre el empleo de personas con discapacidad. El Convenio nº 159 de la OIT impone obligaciones a los Estados en materia de readaptación profesional y empleo de personas discapacitadas (OIT, 1983).
Los pacientes con pectus también pueden considerarse dentro del ámbito de aplicación de los convenios de la OIT. Es responsabilidad de los Estados no discriminar a los pacientes con pectus en el lugar de trabajo, emplearlos en puestos adecuados y regular sus condiciones laborales.
En conclusión, en la legislación internacional sobre derechos humanos, los derechos de los pacientes con pectus se abordan en el marco de las convenciones que protegen los derechos de las personas con discapacidad. La CDN, el CEDH y los convenios de la OIT imponen a los Estados la obligación de garantizar que los pacientes con tórax no sean discriminados, reciban un trato igualitario y participen plenamente en la vida social.
Citations:
[1] http://www.pektus.com
[2] https://celalettinkocaturk.com/blog/pektus-ekskavatum-kunduraci-gogsu
[3] https://pektusdernegi.org
[4] https://www.pektusklinik.com/pektus
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